Junio 2024 - El SAT dio a conocer la actualización de Carta Porte versión 3.1 que entra en vigor el 17 de julio de 2024. Los principales cambios consisten en agregar un nuevo nodo relacionado a “Regímenes Aduaneros” como una nueva sección y se podrán registrar hasta 10 tipos de regímenes aduaneros que estén relacionados a los bienes/mercancías que se trasladen, también el campo “Fracción Arancelaria” se vuelve opcional.
Asimismo, pone a disposición los nuevos catálogos que se pueden consultar en su portal, en los cuales se incorporan nuevas claves al catálogo de Materiales Peligrosos.
Diciembre 2023 – De conformidad con la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, concluyó el plazo otorgado para la no aplicación de multas y sanciones a quienes no emitan de forma completa y correcta el Complemento Carta Porte y se concede un periodo de convivencia para poder emitir el dicho complemento en su versión 2.0 hasta el 31 de marzo de 2024, posterior a esta fecha la versión 3.0 será la exigible.
Octubre 2023 – SAT da a conocer actualización de Carta Porte versión 3.0 que entra en vigor el 25 de noviembre de 2023 existiendo un periodo de convivencia con la versión 2.0 hasta el 31 de diciembre de 2023, y a partir del 1 de enero de 2024, la versión válida será la versión 3.0. Asimismo, pone a disposición los nuevos catálogos que se pueden consultar en su portal.
Julio 2023 – SAT extiende el periodo de transición para emitir correctamente el CFDI con Complemento Carta Porte sin multas y sanciones al 31 de diciembre de 2023, así como para que la transmisión del mismo al Sistema Electrónico Aduanero sea exigible a partir del 1 de enero de 2024.
Enero 2023 - Actualización catálogos de Carta Porte, instructivos de llenado y preguntas frecuentes para consultarlos visita la página del SAT.
Julio 2024 – Actualización en formato para freight forwarding.
Información general
¿Qué es y para qué sirve el Complemento Carta Porte?
Documento que acredita el transporte de mercancías cuando se trasladen en territorio nacional por vía aérea, marítima, terrestre y férrea.
El Complemento Carta Porte sirve para incorporar al Comprobante Fiscal Digital por internet (CFDI) de Traslado o de Ingresos, información relacionada con las mercancías que se transportan.
¿Quiénes están obligados a emitir CDFI con Complemento Carta Porte?
- Los propietarios, poseedores o tenedores de mercancías o bienes que formen parte de sus activos, podrán acreditar el transporte de los mismos mediante el CFDI de Traslado con Complemento Carta Porte, cuando se trasladen con sus propios medios, inclusive grúas de arrastre y vehículos de traslado de fondos y valores, en territorio nacional por vía terrestre, férrea, marítima o aérea.
- Los intermediarios o agentes de transporte, que presten el servicio de logística para el traslado de los bienes o mercancías, o tengan mandato para actuar por cuenta del cliente, deberán expedir un CFDI de Traslado con Complemento Carta Porte siempre que el traslado lo realicen por medios propios.
- Personas Físicas o Morales dedicadas al servicio de transporte terrestre de carga que circulen por vía terrestre, férrea, marítima o aérea, así como los que presten el servicio de paquetería y mensajería, de grúas de arrastre y de grúas de arrastre y salvamento y depósito de vehículos, así como de traslado de fondos y valores o materiales y residuos peligrosos, entre otros servicios que impliquen la transportación de bienes o mercancías, deben expedir un CFDI de tipo Ingreso.
¿Cuándo entró en vigor?
Entró en vigor a partir del 1° de junio de 2021, siendo opcional su uso, y a partir del 1ro de enero de 2022 es obligatorio, sin embargo, los contribuyentes tienen hasta el 31 de diciembre de 2023 como período de transición para emitir correctamente la factura electrónica con complemento Carta Porte sin multas y sanciones.
¿Qué obligación tiene Kuehne+Nagel si no está obligado a emitir el CFDI de Traslado con Complemento Carta Porte?
Es importante destacar que aunque Kuehne+Nagel no estará obligado a emitir el CFDI de Traslado con Complemento Carta Porte, sí será responsable, de forma conjunta con sus clientes, de la correcta transmisión de la información hacia sus líneas de transporte, quienes están obligados a emitir el CFDI de Ingreso con Complemento Carta Porte, tal como lo señala la regla 2.7.7.1.1. para la RMF de 2023 “…Quien contrate el servicio de transporte de bienes o mercancías en territorio nacional, está obligado a proporcionar al transportista, con exactitud, los datos necesarios para la identificación de los bienes o mercancías que se trasladen, de conformidad con lo previsto en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”, que al efecto publique el SAT en su Portal, a fin de que el transportista expida el CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte que ampare la operación,…”.
Para dar cumplimiento a las nuevas disposiciones es necesario que los clientes compartan a Kuehne+Nagel de manera obligatoria la siguiente información en cada orden de servicio para el traslado de sus bienes o mercancías:
- Tipo de Transporte, si es Internacional o no
- En caso de ser Internacional se debe indicar:
2.1 Si es Entrada o Salida de mercancías
2.2 País de Origen o Destino de acuerdo con el catálogo de CFDI1
2.3 Vía de Entrada o Salida de acuerdo con el catálogo de Carta Porte2
2.4 Régimen Aduanero de acuerdo con el catálogo de Carta Porte2 - Documentación Aduanera:
3.1 Tipo de Documento de acuerdo con el catálogo de Carta Porte2
3.2 Número de Pedimento en caso de importación, de acuerdo con el formato indicado en el instructivo de llenado
3.3 Identificación Documento Aduanero en caso de exportación
3.4 RFC de Importador que fue registrado en la documentación aduanera - Registro Istmo indicar sí o no, si el traslado de los bienes y/o mercancías se realiza al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del Istmo de Tehuantepec
4.1 Ubicación Polo Origen / Destino, según aplique, de acuerdo con el catálogo de Carta Porte2 - RFC del Remitente y del Destinatario
5.1 En caso de ser extranjero, indicar RFC Genérico para residentes extranjeros, Tax ID y País de Residencia Fiscal de acuerdo con el catálogo de CFDI1 - Clave de estación de acuerdo con el catálogo de Carta Porte2, aplica para servicios aéreo, marítimo y ferroviario
- Dirección de origen y destino Estado, País y Código Postal de acuerdo con los catálogos del CFDI1 y Carta Porte2 correspondientes
- Logística Inversa (devolución / recolección), indicar sí o no, aplica si la Vía de Entrada / Salida es Autotransporte
- Número total de mercancías
- Peso Bruto Total
- Peso Neto Total, en caso de transporte marítimo o ferroviario
- Clave de Unidad de Peso de acuerdo con el catálogo de Carta Porte2
- Descripción y clave de los bienes o mercancías de acuerdo con el catálogo de Carta Porte2
- Cantidad de los bienes o mercancías transportados
- Clave de unidad de medida aplicable de acuerdo con el catálogo del CFDI1
- Peso Bruto
- Peso Neto, en caso de transporte marítimo o ferroviario
- Valor de los bienes y mercancías en caso de ser transportación vía aérea (especificar moneda)
- En caso de importación o exportación, indicar la fracción arancelaria de acuerdo con el catálogo de Comercio Exterior c_FraccionArancelaria
- En caso de transportarse Material Peligroso, indicar la clave y Tipo de Embalaje de acuerdo con el catálogo de Carta Porte2
- Sector COFEPRIS, debe existir si el tipo de producto corresponde a alguna de las descripciones indicadas en el catálogo c_SectorCOFEPRIS y se deberán proporcionar los siguientes datos dependiendo de la clave seleccionada (revisar instructivo de llenado del SAT):
21.1 Nombre de ingrediente activo
21.2 Nombre químico
21.3 Denominación genérica del producto
21.4 Denominación distintiva del producto
21.5 Fabricante
21.6 Fecha de caducidad
21.7 Lote medicamento
21.8 Forma farmacéutica de acuerdo con el catálogo de Carta Porte2
21.9 Condiciones especiales de transporte de acuerdo con el catálogo de Carta Porte2
21.10 Registro sanitario folio autorización
21.11 Permiso importación
21.12 Folio importación VUCEM
21.13 Número Chemical Abstracts Service (CAS)
21.14 Razón social empresa importadora
21.15 Número registro sanitario para plaguicidas o fertilizantes COFEPRIS
21.16 Datos fabricante
21.17 Datos formulador
21.18 Datos maquilador
21.19 Uso autorizado -
Si en el campo Transporte Internacional se indica que sí, el campo Tipo de Materia debe existir y debe indicarse la clave de acuerdo con el catálogo de Carta Porte2
22.1 Si en Tipo Materia se selecciona la clave 05, el campo de Descripción de Material debe existir
La solicitud de dicha información podrá asegurar que las mercancías que se trasladan se acompañan con la documentación soporte requerida, así como garantizar la continuidad de su operación y dar cabal cumplimiento a lo establecido en la nueva regulación del SAT.
Es importante mencionar que el listado es enunciativo mas no limitativo, ya que podría ser sujeto a actualización por parte de las autoridades fiscales, por lo que sugerimos estar pendiente de los comunicados que se emitan.
¿Qué es el Registro ISTMO?
Es un campo que fue habilitado con el fin de identificar el traslado de bienes y/o mercancías al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar (PODEBI) del Istmo de Tehuantepec. Por lo que es necesario identificar el área geográfica previamente mencionada, ya que al colocar SI en este campo, a su vez se deberá registrar los campos UbicacionPoloOrigen y UbicacionPoloDestino de acuerdo con los catálogos publicados por el SAT que son los siguientes:
- 01 Coatzacoalcos I
- 02 Coatzacoalcos II
- 03 Texistepec
- 04 San Juan Evangelista
- 05 Salina Cruz
- 06 San Blas Atempa
El registro es procedente solo si los polos de origen, intermedios y destino están dentro de la región del Istmo, es decir, sin puntos de distribución fuera del área especificada.
La factura electrónica con Complemento Carta Porte ya sea de tipo ingreso o traslado, ¿es obligatoria para realizar el despacho de mercancías en operaciones de comercio exterior?
Sí, es obligatoria su emisión previa al despacho aduanero de las mercancías (para importación o exportación), excepto cuando el traslado de las mismas se realice por transportistas residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en territorio nacional.
¿Los contribuyentes que transporten medicamentos en territorio nacional requieren emitir un complemento Carta Porte, aunque el traslado no implique transitar por algún tramo de jurisdicción federal?
Si, se debe emitir un CFDI con Complemento Carta Porte de conformidad con lo dispuesto en las reglas 2.7.7.2.1. y 2.7.7.2.8 de la RMF para 2024.
En el despacho aduanero, ¿solo debo llevar una representación impresa?
Para realizar el despacho aduanero de la mercancía no es necesario exhibir representación impresa de la factura electrónica con Complemento Carta Porte, solo se debe registrar el folio fiscal de dicho comprobante en los sistemas aduaneros de acuerdo con lo establecido en las Reglas Generales de Comercio Exterior para su despacho.
La unidad de transporte ya realizó el cruce de aduana y la mercancía fue desaduanada, pero se identifica que hay un error en el pedimento, por lo que se hará una rectificación, ¿debo cancelar mi CFDI con complemento Carta Porte?
No, debido a que la rectificación se da posterior a la presentación física de las mercancías ante el MSA, por lo que no es necesario cancelar y emitir un nuevo CFDI con complemento Carta Porte para hacer referencia al número de pedimento de rectificación.
Si realizo el transporte de mercancías para su despacho en forma peatonal, ¿estoy obligado a emitir un CFDI con complemento Carta Porte?
No, de conformidad con lo señalado en el catálogo de vehículos a que se refiere el Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte, así como lo establecido en la clasificación de vehículos de autotransporte señalados en la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2017 o la que la sustituya.
Servicio de logística inversa, recolección o devolución
Se indica que los contribuyentes que realicen operaciones de logística inversa deben emitir el CFDI con complemento Carta Porte. Éste servirá para amparar el traslado de los bienes y/o mercancías en aquellos casos en que exista una devolución, no se entregaron o se entregaron parcialmente al destinatario, siempre y cuando la mercancía que se retorna corresponda al mismo tipo y la cantidad sea igual o menor a la señalada en el CFDI con Complemento Carta Porte.
¿Cuáles son las autoridades facultadas para realizar inspecciones durante el transporte de mercancías?
- Servicio de Administración Tributaria (SAT)
- Guardia Nacional
- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT)
- Secretaría de Salud
- Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS)
¿Cuáles son los impactos y riesgos de no acreditar la mercancía?
- Detención y confiscación de las mercancías durante su traslado
- Multas y penalizaciones (corresponsabilidad entre los actores)
- Impacto en la cadena productiva
- Para Kuehne+Nagel no deducción (ISR) y acreditamiento (IVA) respecto de los pagos efectuados a los transportistas
Para conocer los niveles de servicio por cada producto, favor de contactar a su representante de ventas.
En caso de tener dudas respecto de los conceptos y claves solicitados por el SAT (preguntas frecuentes), sugerimos contactar a su área financiera-fiscal y / o agente aduanal, en caso de exportación o enviarnos un correo a la cuenta gen.mx.cartaporte@kuehne-nagel.com.
1CFDI http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/anexo_20_version3-3.htm
2CartaPorte http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/complemento_carta_porte.htm
Considerar que estos documentos son dinámicos, por lo que se están actualizando constantemente, para ver la última versión hay que acceder a los links.
No obstante lo anterior, el SAT puede modificar su ubicación, por lo que es recomendable que el cliente esté en constante comunicación con su área financiera-fiscal.
Documentos
Descargue la carta de instrucciones FF (Aéreo, Marítimo y Terrestre)
Descargue la carta de instrucciones FD (Distribución)
Grabación Webinar
Parte 1 Consulte la grabación del Webinar: Complemento Carta Porte aquí (agosto 2021)
Parte 2 Grabación del Webinar: Complemento Carta Porte actualización aquí (noviembre 2021)
Parte 3 Grabación del Webinar: Complemento Carta Porte actualización aquí (marzo 2022)
DISCLAIMER - Toda la información se proporciona de buena fe con fines de referencia únicamente. Es de naturaleza informativa general, y Kuehne+Nagel no asume ninguna responsabilidad legal por la exactitud de la información proporcionada a través de este documento. Kuehne+Nagel no se responsabiliza de la exactitud o integridad de la información contenida en este documento y no acepta responsabilidad alguna por cualquier pérdida que surja del uso de la información proporcionada.
Preguntas Webinar Complemento Carta Porte Agosto 2021 (actualizadas de acuerdo a las modificaciones a la regla publicadas por el SAT)
¿La Carta Porte es solo para tránsitos nacionales o también para importación y exportación?
La regla 2.7.1.9. de la RMF señala que el CFDI con Complemento Carta Porte servirá para acreditar el transporte de las mercancías que se trasladen en territorio nacional, sin embargo la estructura técnica del documento solicita registrar como campo requerido si las mercancías que se transportan ingresan o salen del territorio nacional habilitando campos adicionales para ser completados y que se relacionan con operaciones de importación y exportación.
¿Cuál es la diferencia entre el CFDI tipo Ingreso y CFDI tipo Traslado?
El CFDI de Ingreso con Complemento Carta Porte lo debe emitir el transportista que es contratado para realizar efectivamente el traslado, éste incluye el monto de la contraprestación. El CFDI de tipo Traslado con Complemento Carta Porte, lo emite el propietario de las mercancías o el intermediario cuando realiza el traslado por sus propios medios, en este caso no se incluye el valor de la contraprestación por lo que el total es igual a cero.
Si soy una empresa que importa y exporta, y subcontrato el servicio directamente con el transportista o forwarder, ¿yo tengo que emitir algún documento?
No. Los sujetos obligados a emitir un CFDI de Traslado con Complemento Carta Porte son: Propietarios de las mercancías e intermediarios cuando realicen los traslados por sus propios medios. Por su parte, los transportistas deberán emitir un CFDI de Ingreso con Complemento Carta Porte por los servicios de transportación que les son contratados.
Su responsabilidad se limita a proporcionar la información necesaria y correcta hacia el intermediario o transportista para que éste último emita el CFDI de Ingreso con Complemento Carta Porte.
¿Qué sucede cuando facturo a una dirección, pero el destino final de la mercancía es diferente? ¿Se pueden agregar tantos orígenes y destinos tenga la ruta? pero, ¿qué pasa cuando la mercancía cambia de un punto a otro, se tendría que generar un CFDI por parada?
Se debe cancelar el CFDI inicial y previo a continuar con el traslado de los bienes o mercancías, generar un nuevo comprobante con complemento “Carta Porte”, registrando los nuevos datos del domicilio, y relacionarlo al CFDI inicial, con la clave “04 Sustitución de los CFDI previos” del catálogo de CFDI “c_TipoRelacion.
Se puede emitir un sólo CFDI con complemento “Carta Porte”, registrando tantos nodos de ubicación se requieran para indicar los orígenes y destinos de las mercancías cuando el servicio de transporte tenga al mismo cliente y se utilice un sólo medio de transporte. En caso de que en un mismo viaje se traslade mercancía de distintos clientes, se debe emitir un CFDI con complemento “Carta Porte” por cada uno.
¿Qué sucede si la operación la realiza una empresa transportista extranjera?
Tratándose de entidades extranjeras, éstas no tienen obligación de cumplir con requerimientos locales.
¿En qué caso sería retenida la mercancía en cuestión?
La mercancía puede ser detenida o confiscada, cuando el transportista no muestre el CFDI de Ingreso con Complemento Carta Porte, mismo que ampara el traslado de las mercancías.
¿Es necesario portar documento físico o puede mostrarse de forma electrónica?
Podrá mostrarse la representación impresa o en formato digital.
¿Es necesario mencionar el valor monetario de la mercancía?
El valor de la mercancía es un campo requerido cuando la vía de transporte es aérea, opcionalmente se puede incluir para traslados por vía marítima, terrestre o ferroviaria.
Tengo importación en contenedores, es un mundo de material y muchas fracciones en un solo consolidado. ¿Todos y cada uno de los materiales se tendrán que especificar en el complemento de carta porte?
Es correcto, la sección mercancía es infinito, por lo que se deberá registrar una sección por cada tipo de mercancía
¿Cómo puedo asegurarme que hago la correcta clasificación de materiales?
El catálogo de Claves de Productos, se encuentra dividido en clase y subclases, de no identificar ésta última puede categorizarse a nivel clase o bien considerando la opción de palabras similares.
¿La carta instrucción la debe enviar el cliente con cuánta anticipación de la salida de la unidad?
Aéreo (FA): 24 hrs antes
Marítimo (FS): 72 hrs antes
Terrestre (FO): 8 hrs antes
Distribución (FD): De acuerdo a SOP
¿Qué pasará con la paquetería terrestre nacional que mueve mercancías de venta de comercio electrónico?
Aquellos contribuyentes que presten el servicio de paquetería o mensajería, podrán emitir un CFDI de tipo Ingreso sin Complemento Carta Porte, registrando los nodos “Concepto” que sean necesarios para relacionar los números de guía de todos los paquetes amparados en dicho CFDI. En caso de requerir mayor detalles remitirse a la regla 2.7.1.53.
¿La carta Instrucción que mostraron es un requerimiento o solo un formato que Kuehne+Nagel implementará para llenar es CFDI de traslado?
A partir de las reglas publicadas por el SAT el 29 de septiembre, Kuehne+Nagel no está obligado a emitir el CFDI de Traslado con Complemento Carta Porte ya que no realiza los traslados con sus propios medios. Sin embargo el formato de carta instrucción es una sugerencia para consolidar la información requerida por el SAT para compartir con el proveedor que realizará la transportación correspondiente. Kuehne+Nagel está trabajando en una solución tecnológica para facilitar el envío y transmisión de información, del cual les daremos mayor información en las próximas semanas.
¿Quién debe detonar este nuevo requisito... Kuehne+Nagel o el cliente? y ¿en qué momento el importador debe compartir la información solicitada?
El CFDI con Complemento Carta Porte debe emitirse de forma previa a que se realice el traslado, por lo que la información se debe compartir cuando se solicite el servicio incluyendo todos los datos requeridos para su emisión.
¿Qué margen de variación podemos tener en cuanto a los datos compartidos? normalmente embarcamos material marítimo, sin embargo de momento esto cambia y la cantidad de pallets a embarcar disminuye por solicitudes aéreas y cambiaría la información que compartimos previamente.
El valor del peso bruto total registrado puede ser estimado, considerando un porcentaje de variación razonable de hasta el 10%, en relación con el valor del peso bruto total obtenido al finalizar el traslado.
¿Qué pasa si se requiere un embarque urgente durante la madrugada?
Kuehne+Nagel contará con equipo en horario desfasado para cubrir lo más posible de emergencias.
Cuando se emite el documento antes del servicio y éste se cancela por alguna razón, ¿qué implicación tendrá?
Si el traslado no se realiza, se debe cancelar el CFDI con Complemento Carta Porte que se haya emitido.
Preguntas Webinar Complemento Carta Porte noviembre 2021 (actualizadas de acuerdo a las modificaciones a la regla publicadas por el SAT)
¿Cómo se nos hará llegar el CFDI de ingreso con Complemento Carta Porte que emite el transportista, para declararla como e-document para el despacho de mercancías en pedimento?
El CFDI de ingreso con Complemento Carta Porte generado por el transportista se emite en favor de Kuehne+Nagel, por lo tanto no existe obligación de compartirlo con el cliente, sin embargo se está desarrollando una solución tecnológica que nos permita hacerles la transmisión del Complemento Carta Porte emitido.
Para transporte nacional de Puerto a Almacén, ¿es obligatorio declarar las fracciones arancelarias?
Sí es necesario el declarar la fracción arancelaria, siempre que la mercancía transite por territorio nacional.
¿Para distribución en servicio terrestre es obligatorio declarar el peso de las mercancías? Se mencionó anteriormente que el peso aplica sólo para transporte marítimo y ferroviario.
Se deberá declarar el campo "PesoBrutoTotal" el cual debe ser igual a la suma de los atributos “Mercancias:Mercancia:PesoEnKg” cuando exista el nodo "Mercancias:Autotransporte". El "PesoNetoTotal" es el que aplica sólo para transporte marítimo y ferroviario.
En el caso de los embarques que se van de exportación y considerando que al SAT lo que le interesa en realidad es lo que suceda en México, ¿tendríamos que ingresar la información de Puerto como "destinatario"?
Se debe declarar el destino final dentro del territorio mexicano, como puede ser un Puerto, Aduanas, Aeropuertos, etc.
Para mercancía terrestre de exportación, ¿el transporte mayor se declarará como servicio internacional o doméstico? Es decir, sale de un CEDIS y llega a un patio en Nuevo Laredo. ¿cuál es el origen y cuál el destino?
El CFDI con Complemento Carta Porte debe emitirse por los traslados que se realizan dentro de territorio nacional, en este caso el origen sería el CEDIS y el destino Nuevo Laredo, por tanto se trata de un servicio doméstico.
¿Es posible que reciban la información en otro formato, siempre y cuando se cuente con la información requerida? Ejemplo de mi software de anexo 24 puedo sacar toda la información que ocupa el transportista.
Si la información generada a través de su sistema está alineada a las claves de los catálogos de CFDI y Carta Porte, se podrá hacer la evaluación. Por favor contacta a tu ejecutivo comercial.
¿Qué pasa con los embalajes reutilizables que se regresan, requerirán la emisión de los documentos?
Se debe expedir el CFDI (factura) de tipo ingreso con Complemento Carta Porte, cuando el traslado implique un tramo de jurisdicción federal (aunque sea muy corto).
En términos de cobro de transportes, la expectativa es tener una factura por cada Carta Porte? ¿Hay posibilidad de consolidar?
No se puede consolidar, se debe emitir un CFDI (factura) de tipo ingreso con Complemento Carta Porte, por cada servicio de transporte que se realice.
En el caso de los transportistas contratados por Kuehne+Nagel, ¿se emite CFDI de ingresos con Complemento Carta Porte?
El transportista contratado por Kuehne+Nagel deberá expedir el CFDI (factura) de tipo ingreso con Complemento Carta Porte.
¿Qué pasa cuando en un solo bulto vienen diferentes artículos, varias fracciones arancelarias y solo tengo el peso bruto de ese bulto?
El peso bruto total es la suma del atributo PesoEnKg de cada producto cuando exista Autotransporte, Transporte Aéreo, Transporte Ferroviario o Transporte Marítimo. En el caso de las fracciones arancelarias, se deberá enlistar cada una de acuerdo a las mercancías que se tengan.
¿En qué momento se hace la trasmisión en una importación marítima y/o aérea? ¿apenas nacionalizado? ¿cómo funciona?
El Complemento Carta Porte se emite previo a que sea realizada la transportación terrestre, la información debe ser recibida 48-72 hrs. antes del servicio.
¿Aplica solo para importaciones y exportaciones? ¿O aplica para entregas nacionales?
La Carta Porte aplica cuando las mercancías sean transportadas en territorio nacional, ya sea su origen una importación o como destino una exportación o sea una distribución nacional siempre y cuando se transite por carreteras de jurisdicción federal.
¿Cómo se enviará la información si no se cuenta con TMS con ustedes, vía correo está correcto?
En la plantilla compartida "Carta instrucción FD" (Excel), vía correo electrónico.
¿Es válido usar proforma para este Complemento Carta Porte?
No es válido.
Lo que se entiende entonces es que si el tipo de transporte es terrestre, ¿los campos de localidad y municipio son obligatorios?
El campo de localidad y municipio aparecen como opcionales en el instructivo de llenado del complemento carta porte emitido por el SAT, sin embargo, se deben de revisar la matriz de errores ya que esta señala que dichos campos deben de contener una clave del catálogo del SAT, volviéndolos obligatorios.
Viendo desde un punto como transportista nuevo, ¿a qué te refieres con el CFDI de Ingreso? y la Carta Porte entonces, ¿se tienen que emitir dos documentos, dos hojas?
El CFDI de Ingresos es la factura, la cual debe contener el Complemento Carta Porte. Es un mismo documento XML y la representación impresa PDF contendrá tantas hojas sean necesarias dependiendo de la información que contenga el XML.
Si entrego a dos cuadras de mi empresa con mis propias unidades, ¿debo realizar Carta Porte o solo CFDI de traslado?
Si eres dueño de los vehículos y de los bienes y/o mercancías que se transportan en ellos, debes emitir una factura electrónica de tipo traslado con complemento Carta Porte siempre que se transite por un tramo federal mayor a 30 kilómetros.
Si los bienes son transportados en una zona local en un camión tipo “C2” y no se transita por tramos federales mayores a 30 kilómetros no es necesario emitir una factura electrónica de tipo ingreso o traslado con carta porte.
Hola, como aclaración, ¿Entonces los forwarders o intermediarios, ya no deberán emitir un CFDI de traslado con Complemento Carta Porte al propietario de la mercancía como había establecido en un inicio por la autoridad?
Es correcto. El intermediario o agente de transporte únicamente deberá emitir un CFDI de traslado con Complemento Carta Porte cuando realiza el traslado por sus propios medios. Si el intermediario o agente de transporte se apoya de terceros para realizar el servicio, éste debe emitir el CFDI (factura) de tipo ingreso sin Complemento Carta Porte, el cual será válido para efectos de la deducción o el acreditamiento correspondiente de conformidad con las disposiciones fiscales.
¿Tengo que proporcionar el valor de mis mercancías con el operador de transporte?
No. El valor de las mercancías es un dato requerido sólo para la transportación aérea.
Para servicio de importación ¿Me obliga proporcionar esta información al Forwarder para que el transportista pueda entregar los bienes a mi almacén? En el caso que el contrato de transporte sea directa con la naviera, ¿cómo procedería?
La información de Complemento Carta Porte debe de ser proporcionada para todos los servicios en donde Kuehne+Nagel realice o intervenga en la coordinación del servicio terrestre. Para los casos con naviera , Kuehne+Nagel se encargará de recabar la información y transmitirla a la naviera.
¿Cómo se puede clasificar un material que no se encuentra en el catálogo del SAT?
Se puede clasificar la clave hasta el nivel de la Clase.
¿Qué sanciones hay en caso de una clasificación de materiales errónea?
De $17,020.00 a $97,330.00 por expedir CFDI sin que cumplan los requisitos señalados en este Código, en su Reglamento o en las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria. Fundamento: Art. 83 CFF fracc VII; Art.84 CFF fracc. IV.
Por CFDI con Complemento Carta Porte, ¿físicamente nos referimos a solo 1 documento que sería la factura o es otro documento/formato extra?
El Complemento Carta Porte es un apartado que se incorpora CFDI de Ingreso o Traslado según aplique.
Buenas tardes para temas de importación es necesario proporcionar fracción arancelaria y también número de pedimento, ¿correcto? Una vez que cuenta con la información, ¿con qué tiempo estaré recibiendo la información ya que tengo entendido que se debe de agregar este CFDI correcto?
Es correcto, se debe proporcionar la fracción arancelaria y el número de pedimento (únicamente en importación). El tiempo en el que será emitido el CDFI con Complemento Carta Porte dependerá de los plazos que sean acordados con el equipo de Kuehne+Nagel, dependiendo de la naturaleza de su operación.
En transportación doméstica dentro de la Zona Metropolitana del Valle de México desde una alcaldía a un municipio conurbano del Estado de México, donde se supone que no hay vías de Jurisdicción Federal, ¿se está obligado a generar Complemento Carta Porte? ¿Quién genera el CFDI de Traslado, el transportista o el dueño de las mercancías? ¿Cómo saber cuáles son los tramos de jurisdicción federal? ¿Existen estos tramos en la Zona Metropolitana del Valle de México?
Si eres dueño de los vehículos y de los bienes y/o mercancías que se transportan en ellos, debes emitir una factura electrónica de tipo traslado con complemento Carta Porte siempre que se transite por un tramo federal mayor a 30 kilómetros.
Si los bienes son transportados en una zona local en un camión tipo “C2” y no se transita por tramos federales mayores a 30 kilómetros no es necesario emitir una factura electrónica de tipo ingreso o traslado con carta porte.
Se puede verificar que tramos son federales o locales en la pregunta 6 de las preguntas frecuentes emitidas por el SAT.
¿Toda la información se proveerá a través de la Carta Porte que han diseñado para cada medio de transporte? Favor de contestar, ¿a través de la carta de instrucciones que ustedes nos proveerán es como se dará cumplimiento a este requisito?
Se cuenta con una carta de instrucciones para Freight Forwarding y una para Distribución Nacional, éste sería el medio para proveer la información relacionada a Complemento Carta Porte.
¿Ya cuentan con alguna fecha propuesta para comenzar con pruebas en embarques reales?
Estamos ya en período de pruebas, contacta por favor a tu ejecutivo comercial.
Se ha explicado el fondo legal y normativo, ¿de forma cuál es el espíritu en términos sencillos del porque el SAT requiere conocer ahora esta información, que se busca con ello?
El SAT ha expresado en diferentes foros que el Complemento Carta Porte sirve como medida de control para poder identificar las mercancías que se trasladan dentro del territorio nacional y con esto evitar el tránsito de bienes ilícitos o ligados al contrabando.
Marítimo - El cliente extranjero incoterm FCA, es quién contrata el transporte, la empresa sólo carga , ¿qué procede en este caso?
La información de Complemento Carta Porte debe de ser proporcionada por el embarcador mexicano, esto independiente del INCOTERM.
Para el tema naviero si mi material viene de Europa, ¿es necesario la emisión de Carta Porte? Si hago envíos aéreos al extranjero, ¿será necesario la emisión de Carta Porte?
Carga Importación de Europa: la emisión de Complemento Carta Porte será requerida al realizar el servicio terrestre de puerto a destino final ; de igual manera para la exportación , esto al realizar los movimientos terrestres a puerto / aeropuerto.
Para carga Mixta (carga IMO y general ), ¿debemos tener 2 cartas portes o una sola por la carga? ¿se debe detallar por pallet o por pieza ?
Se podrá generar una Carta Porte, señalando en el nodo de mercancías los datos aplicables a cada uno, en el caso de material peligroso se adicionarían campos referentes al embalaje.
¿Qué pasa si una sola factura se divide en dos unidades? ¿Se debe hacer una Carta Porte por cada unidad?
Correcto, Carta Porte por unidad, recordemos que cada unidad debe de reflejar en la Carta Porte la mercancía física que está trasladando.
Para cruces a Laredo utilizamos el PITA, ¿cómo se manejará lo de la Carta Porte y el PITA?
La operación con PITA continuará realizándose como hasta ahora. El folio del CFDI con Complemento Carta Porte deberá declararse, a partir del 31 de marzo de 2022, en el “Documento de Operación para Despacho Aduanero” conforme a lo dispuesto en la regla 2.4.12, numeral I, inciso f).
Para todo el transporte internacional que cruza por frontera, ¿en qué punto debe generarse el requerimiento de la Carta Porte? ¿Antes de hacer el cruce o una vez que esta en territorio nacional?
Cuando la prestación del servicio inicie en territorio nacional y concluya en la aduana, puerto, aeropuerto, etc., antes de realizar el cruce se deberá emitir un CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte registrando la totalidad del servicio e indicando como destino final la aduana, puerto, aeropuerto, etc., en caso de que se realice un cambio de modo o medio de transporte para el cruce fronterizo y el modo o medio de transporte pertenezca al mismo transportista, deberá emitir un CFDI de tipo traslado con complemento Carta Porte registrando los datos de dicho modo o medio de transporte, para lo cual deberá relacionar el CFDI de tipo ingreso que ampara la totalidad del servicio.
Para la importación, el número de clave de productos y servicios dependerá de las fracciones que tiene mi pedimento?
No, son catálogos independientes, uno de fracciones arancelarias y otro de clave de productos que puede ser diferente a la descripción declarada en el pedimento.
Si se emite una Carta Porte y no era necesario, ¿se debe cancelar o no sucede nada si se queda como emitida?
Si se emite una Carta Porte y no era necesario se puede cancelar, de no hacerlo no tendría algún efecto.
¿Cuál es la responsabilidad de Kuehne+Nagel sobre el transportista, que siempre transite con los documentos? ¿Por qué únicamente pensaron en archivos en Excel, si seguramente todos los clientes contamos con ERP vía interfaz?
La responsabilidad de Kuehne+Nagel es asegurar que recibamos la información relacionada a Complemento Carta Porte en tiempo para que los transportistas puedan emitir el CFDI de Ingreso con Complemento Carta Porte previo a que sea realizado el arrastre terrestre. Por otra parte , Kuehne+Nagel está trabajando en el desarrollo de plataforma con capacidad para recibir la información vía Webservice, EDI ,API , etc.
Cuando el destino es la aduana ¿qué se declara? y para la dirección de destino final (internacional) ¿se declara la información fiscal o de entrega?
Si el destino es la aduana debe declararse esta dirección, y debe corresponder al domicilio de entrega no al fiscal.
Si en una planta entrego material a mi cliente por medio de tuggers, ¿se requerirá el Complemento Carta Porte? El tugger no circula por carretera federal ni tiene placas, pero tengo esa duda.
El tugger es un equipo de arrastre de producto dentro de las plantas, si a este equipo nos referimos y sus movimientos son internos, no aplica Carta Porte.
La información que les enviemos, ¿tiene que ser por embarque o se les puede mandar una base de datos que se pueda cruzar para que ustedes envíen la información al transporte? En el caso de un retorno, ¿se tiene que generar Carta Porte para el regreso?
La información debe ser por embarque y se espera recibir la información de parte de los clientes, esto con el fin de asegurar que la información sea 100% correcta. Si la mercancía se está transportando por territorio federal, se debe de transmitir el Complemento Carta Porte. En caso de que el embarque no haya salido de puerto, no tendrá que ser transmitido.
¿Para determinar si el material es hazmat es considerado el catálogo de clave de producto del SAT? o ¿cómo se determina? ¿Es necesario que en el CFDI de Complemento Carta Porte de una exportación terrestre debe incluir el número de pedimento de expo? ¿cómo puedo asegurar que el transportista llene correctamente y completo?
Para categorizar la mercancía se debe de verificar el catálogo de Carta Porte que corresponde a material peligroso para poder clasificarlo de forma correcta, el campo del pedimento se debe de incluir en caso de ser una importación, es responsabilidad del cliente proporcionar la información de forma correcta, asimismo ésta será transmitida de forma íntegra al transportista.
Cuando traes mercancía de diferentes proveedores (importaciones), también debe venir los datos de cada proveedor en la Carta Porte?
La Carta Porte se debe de emitir por cada cliente, identificándose solamente el detalle de las diferentes mercancías que se transportan.
Rutas lecheras nacionales - ejemplo 5 recolecciones en Qro., ¿Cómo se emite el documento?
De la misma forma que una entrega directa, lo que estará cambiando son los orígenes y destinos, pero el resto de la información a recolectar deberá de reflejarse en la Carta Porte.
Al proporcionar información tan detallada al transportista, respecto a las mercancías que transportará, se visualiza algún impacto en relación al incremento de riesgo (robos) en tránsitos? ¿Y cuál sería la recomendación de Kuehne+Nagel?
La selección de los transportistas por parte de Kuehne+Nagel se realiza a través de diferentes valuaciones para poder ser aceptado como parte de nuestros proveedores, las cuales se actualizan de forma constante con el propósito de garantizar un servicio de calidad, es importante mencionar que la representación impresa de la Carta Porte da la opción de que se visualicen sólo campos específicos, con esto se puede controlar los datos que se muestran en el PDF.
Si hoy en día manejamos la distribución con un equipo de Kuehne+Nagel, ¿entiendo entonces que ese equipo haría la transmisión con los transportistas y paqueterías que manejemos?
Es correcto, por eso la importancia de recibir la información de tus órdenes con el complemento de datos de Carta Porte del SAT para hacerle llegar la información de manera correcta a los transportistas.
Si tengo mi transporte propio y muevo mi mercancía, por lo mismo no hay un costo del servicio, es mi camioneta, ¿tengo que hacer un CFDI de ingreso valor cero con CCP o debe ser una CFDI de traslado CCP?
Cuando el propietario de la mercancía, transporta las mercancías con medios propios debe de emitir un CFDI de traslado con Complemento Carta Porte.
¿Se tiene que generar un Complemento Carta Porte por cada destino? Mismo transporte o camión entrega en diferentes rutas, ¿se tiene que generar uno por cada destino con mismo origen?
No, en el Complemento Carta Porte se pueden incluir tantos orígenes y destinos como sean necesarios.
Para temas de devoluciones, ¿se generaría una al final del día previo regreso al CeDis o como se generará el Complemento Carta Porte en este escenario?
Sí, para temas de devoluciones se debe de emitir una Carta Porte indicando las mercancías que son devueltas.
¿La información se tendría que proporcionar por cada contenedor cargado o puede ser por embarque?
Sí, es necesario el proporcionar la información a nivel contenedor.
En caso de nuestra operación, requerimos contar con el Complemento Carta Porte 48 hrs antes del despacho, ¿han confirmado algo las LT de poder compartir dicho Complemento de Carta Porte con estos tiempos?
Favor de contactar al equipo operativo de Kuehne+Nagel, ya que los tiempos de emisión del CDFI con Complemento Carta Porte dependerán del envío de información por parte del cliente, así como otros detalles operativos sobre la asignación de la unidad.
¿Esta normatividad también aplica para traslado de documentos por paquetería, ya sea traslado nacional o hacia el extranjero? ¿Cómo aplica esta normativa cuando es una exportación de muestras sin valor factura o materiales de obsequio? ya sea por paquetería, LCL o aéreo
Sí aplica para traslados por tramos de jurisdicción federal.
Sí, aplica para todos los bienes y mercancías, en el caso de transportación vía aérea, se deberá indicar como valor 0.
Preguntas Webinar Complemento Carta Porte marzo 2022 (actualizadas de acuerdo a las modificaciones a la regla publicadas por el SAT)
Con anterioridad se había comentado que el número de pedimento y la fracción no era obligatoria en importación, cuando el Complemento Carta Porte se realiza como traslado nacional
Si se trata de un traslado internacional de importación, es necesario indicar el número de pedimento y fracción arancelaria. Sugerimos contacte a su asesor fiscal / legal / comercio internacional para revisar los escenarios específicos de su operación.
¿Cómo procedemos con material promocional que no tiene un valor factura o solo insumos que se envían a un cliente?
El transportista debe emitir un CFDI de Ingresos con Complemento Carta Porte, relacionando el material promocional a trasladar. El valor de la mercancía sólo es obligatorio cuando el medio de transporte es aéreo, en cuyo caso, el valor de la mercancía se indicaría como “0”. En el caso de paquetería, se debe indicar como 0 el campo de valor de mercancía, cuando el cliente no declara el valor de lo que trasladan.
Si la mercancía que traslado es para exportación, ¿es obligatorio poner el número de pedimento cuando salga de mi almacén?
El número de pedimento sólo es obligatorio para importaciones.
¿Aplica también para los transfer?
De acuerdo a la regla 2.7.7.9 de la Miscelánea Fiscal, si se trata de empresas extranjeras no están obligadas a emitir el CFDI con Complemento de Carta Porte, solo aplica para contribuyentes nacionales.
¿Dónde podemos validar el folio fiscal de la carta porte?
Kuehne+Nagel compartirá el extracto de carta porte, donde se incluye el folio fiscal.
Si llevo una ruta y me hace varias cancelaciones, se generan 2 o 3 Cartas Porte, ¿todas ellas van a servir como la factura de nuestro proveedor o se debe emitir una sola factura al finalizar el servicio?
El soporte documental van a ser las diferentes cartas porte emitidas y los CFDI que se deriven de las cancelaciones.
¿Cuánto es el tiempo determinado para que Kuehne+Nagel/Transportista replique con el Complemento Carta Porte, una vez que el cliente haya enviando la información completa?
Una vez que el cliente envía la información, Kuehne+Nagel tiene definidos los siguientes tiempos para el envío de información al transportista:
- Aéreo: dependiendo del servicio solicitado puede ser el envío inmediato hasta máximo 8 horas
- Marítimo: máximo 6 horas
- Terrestre: 4 horas
- Distribución Nacional: 4 horas
¿Nosotros entonces no tendríamos problema por no tener la carta?
No tendrán problemas de deducibilidad, ya que contarán con el CFDI emitido por Kuehne+Nagel el cual cumple con lo establecido por la Regla Miscelánea Fiscal, ya que Kuehne+Nagel no está obligada a emitir Complemento de Carta Porte.
Hola, ¿en qué reglas puedo consultar los lineamientos para materiales peligrosos?
En las guías de llenado de cada tipo de transporte, así como en los catálogos de Catálogos de Porte.
Hola, ¿se confirmó el tema de dirección con destino / origen de aeropuertos / puertos? Ya no sería necesario poner la dirección de origen del proveedor extranjero, ¿correcto?
Si es un mismo proveedor de transporte el que realiza el traslado de mercancías, como origen se debe indicar la dirección donde inicia el traslado y como destino donde finaliza
Ejemplo: Almacén CDMX a Almacén USA
Si son diferentes proveedores de transporte, cada uno deberá indicar sólo la información del tramo que esté realizando en territorio nacional:
Ejemplo: Almacén a Aeropuerto CDMX